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Ley
Código Penal del Estado de México
Artículo
247

Artículo 247 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona que intenta suicidarse es menor de edad o tiene problemas mentales (como no estar en sus cabales), la persona que la ayudó o indujo a hacerlo recibirá cárcel de 1 a 3 años y una multa de 30 a 50 días de salario mínimo. Esto aplica también en casos de interrupción del embarazo, según el capítulo que menciona esta ley. En pocas palabras, si ayudas a un menor o a alguien que no puede razonar bien a lastimarse o abortar, te pueden castigar con prisión y dinero.

Texto oficial

Artículo 247.- Si el suicida fuere menor de edad o enajenado mental, se impondrá además de uno a tres años de prisión y de treinta a cincuenta días multa. CAPÍTULO V INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO

Ver texto oficial del Código Penal del Estado de México (pág. 87) ↗

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