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Artículo 247 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona que intenta suicidarse es menor de edad o tiene problemas mentales (como no estar en sus cabales), la persona que la ayudó o indujo a hacerlo recibirá cárcel de 1 a 3 años y una multa de 30 a 50 días de salario mínimo. Esto aplica también en casos de interrupción del embarazo, según el capítulo que menciona esta ley. En pocas palabras, si ayudas a un menor o a alguien que no puede razonar bien a lastimarse o abortar, te pueden castigar con prisión y dinero.

Texto oficial

Artículo 247.- Si el suicida fuere menor de edad o enajenado mental, se impondrá además de uno a tres años de prisión y de treinta a cincuenta días multa. CAPÍTULO V INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 87) ↗

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