Artículo 284 del Código Penal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el que comete el delito es un servidor público (como un funcionario del gobierno), las sanciones normales se aumentan hasta la mitad. Por ejemplo, si la pena original era de 10 años, podrían ser hasta 15. Además, lo corren de su trabajo y le impiden trabajar en cualquier puesto público por el mismo tiempo que dure su condena en la cárcel.
Texto oficial
Artículo 284.- Si el sujeto activo del delito fuere servidor público las penas señaladas para cada caso se incrementarán hasta en una mitad, además se le impondrá destitución e inhabilitación por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta, para ejercer empleo, cargo o comisión públicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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