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Artículo 285 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres un servidor público (como policía, juez o funcionario) y no sigues los protocolos establecidos para investigar o actuar en delitos, te pueden castigar con cárcel de 2 a 6 años. También te pondrán una multa de 200 a 500 días de salario mínimo (lo que ganas en ese tiempo). Además, te van a correr del trabajo y te prohibirán tener otro puesto público por el mismo tiempo que estés en la cárcel.

Texto oficial

Artículo 285.- Al servidor público que no proceda bajo los protocolos de actuación establecidos para estos delitos se le impondrán de dos a seis años de prisión y de doscientos a quinientos días multa, además se le impondrá destitución e inhabilitación por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta, para ejercer empleo, cargo o comisión públicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 107) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.