Artículo 314 del Código Penal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te metes sin permiso a un terreno que esté cercado o con algún tipo de protección, te pueden castigar con cárcel de tres a seis meses y además te multan con entre 30 y 60 días de salario mínimo. Esto aplica solo cuando no tengas autorización del dueño ni la ley te lo permita. Por ejemplo, si brincas una barda para entrar a una casa o terreno ajeno sin motivo válido, caes en este delito. El castigo es tanto el tiempo en prisión como pagar la multa.
Texto oficial
Artículo 314.- Al que sin permiso y fuera de los casos en que la ley lo permita, se introduzca en un predio cercado, se le impondrán de tres a seis meses de prisión y de treinta a sesenta días multa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.