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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod6/314
Ley
Código Penal del Estado de México
Artículo
314

Artículo 314 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te metes sin permiso a un terreno que esté cercado o con algún tipo de protección, te pueden castigar con cárcel de tres a seis meses y además te multan con entre 30 y 60 días de salario mínimo. Esto aplica solo cuando no tengas autorización del dueño ni la ley te lo permita. Por ejemplo, si brincas una barda para entrar a una casa o terreno ajeno sin motivo válido, caes en este delito. El castigo es tanto el tiempo en prisión como pagar la multa.

Texto oficial

Artículo 314.- Al que sin permiso y fuera de los casos en que la ley lo permita, se introduzca en un predio cercado, se le impondrán de tres a seis meses de prisión y de treinta a sesenta días multa.

Ver texto oficial del Código Penal del Estado de México (pág. 122) ↗

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