Artículo 317 del Código Penal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que cualquier dinero, propiedad o cosa de valor se considera "producto de una actividad ilegal" si hay señales claras o completa seguridad de que salió de un delito o fueron las ganancias de ese delito. Esto aplica aunque ese delito se haya cometido de forma directa o indirecta. En otras palabras, si algo tiene pinta de venir de un crimen, la ley lo trata como ilícito.
Texto oficial
Artículo 317.- Para efectos de este Capítulo, se entenderá que son producto de una actividad ilícita, los recursos, derechos, valores o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias derivadas de la comisión de algún delito.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.