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Artículo 317 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que cualquier dinero, propiedad o cosa de valor se considera "producto de una actividad ilegal" si hay señales claras o completa seguridad de que salió de un delito o fueron las ganancias de ese delito. Esto aplica aunque ese delito se haya cometido de forma directa o indirecta. En otras palabras, si algo tiene pinta de venir de un crimen, la ley lo trata como ilícito.

Texto oficial

Artículo 317.- Para efectos de este Capítulo, se entenderá que son producto de una actividad ilícita, los recursos, derechos, valores o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias derivadas de la comisión de algún delito.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 123) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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