Artículo 49 del Código Penal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El confinamiento es cuando te obligan a vivir en un lugar específico y no puedes salir de ahí. Un juez decide dónde vas a estar y por cuánto tiempo, pero eso no puede pasar de cinco años. El juez tiene que buscar un equilibrio entre lo que necesita la sociedad para estar tranquila y lo que tú necesitas como persona.
Texto oficial
Artículo 49.- El confinamiento consiste en la obligación de residir en determinado lugar y no salir de él. El órgano jurisdiccional hará la designación del lugar y fijará el término de su duración que no excederá de cinco años, conciliando las necesidades de la tranquilidad pública y la del sentenciado. CAPITULO XI PROHIBICION DE IR A LUGAR DETERMINADO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.