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Ley
Código Penal del Estado de México
Artículo
49

Artículo 49 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El confinamiento es cuando te obligan a vivir en un lugar específico y no puedes salir de ahí. Un juez decide dónde vas a estar y por cuánto tiempo, pero eso no puede pasar de cinco años. El juez tiene que buscar un equilibrio entre lo que necesita la sociedad para estar tranquila y lo que tú necesitas como persona.

Texto oficial

Artículo 49.- El confinamiento consiste en la obligación de residir en determinado lugar y no salir de él. El órgano jurisdiccional hará la designación del lugar y fijará el término de su duración que no excederá de cinco años, conciliando las necesidades de la tranquilidad pública y la del sentenciado. CAPITULO XI PROHIBICION DE IR A LUGAR DETERMINADO

Ver texto oficial del Código Penal del Estado de México (pág. 17) ↗

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