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Artículo 76 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando a una persona condenada se le da la oportunidad de no ir a la cárcel, pero con ciertas condiciones (suspensión condicional), las autoridades deben explicarle claramente cuáles son sus obligaciones, como está establecido en el artículo 73. Todo esto se tiene que anotar por escrito en un documento oficial. Pero si por alguna razón no se hace ese documento, eso no evita que, si la persona no cumple, se le apliquen las consecuencias que menciona el artículo 74. En otras palabras, aunque no te avisen por escrito, igual te pueden castigar si no respetas las reglas.

Texto oficial

Artículo 76.- A los sentenciados a quienes se conceda el beneficio de la suspensión condicional, se les harán saber las obligaciones que adquieren en los términos del artículo 73, lo que se asentará en diligencia formal, sin que la falta de ésta impida en su caso, la aplicación de lo previsto en el artículo 74.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.