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Artículo 89 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La amnistía es como un borrón y cuenta nueva para un delito: desaparecen las ganas del gobierno de castigarte y todas las consecuencias legales, como si nunca hubieras cometido el delito. Eso sí, si causaste un daño a alguien, todavía tienes la obligación de repararlo, por ejemplo, pagando los gastos médicos o devolviendo lo que tomaste. En pocas palabras, te perdonan el delito, pero no te exoneras de arreglar el mal que hiciste. No confundas amnistía con indulto, que es otro tema del que habla este capítulo.

Texto oficial

Artículo 89.- La amnistía extingue la pretensión punitiva y todas las consecuencias jurídicas del delito, como si éste no se hubiere cometido, sin perjuicio de la reparación del daño. CAPITULO VII INDULTO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.