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Artículo 126 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado, ya no está vigente. Significa que ya no tiene ningún efecto legal, por lo que no debes preocuparte por él. La ley se actualiza y algunos artículos se quitan cuando ya no son necesarios o han sido reemplazados por otros. En pocas palabras, no existe ninguna regla que debas seguir aquí.

Texto oficial

Artículo 126.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 165) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.