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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod7/125
Ley
Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo
125

Artículo 125 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. La palabra "derogado" significa que fue eliminado o cancelado por una ley más nueva. Por lo tanto, ya no hay ninguna regla que aplicar aquí. Si antes decía algo, ya no tiene efecto legal.

Texto oficial

Artículo 125.- Derogado.

Ver texto oficial del Código Financiero del Estado de México y Municipios (pág. 165) ↗

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