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Artículo 127 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue derogado, o sea, ya no tiene validez ni se aplica. Es como si hubieran borrado la ley que estaba escrita ahí. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no existe.

Texto oficial

Artículo 127.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 165) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.