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Artículo 165 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si usas un basurero municipal (relleno sanitario), tienes que pagar una cuota. Esa cuota se calcula multiplicando 0.776 por el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es una referencia oficial para calcular pagos. El cobro es por cada metro cúbico o fracción de basura que tires. Por ejemplo, si la UMA diaria cuesta $100, pagarías aproximadamente $77.60 por cada metro cúbico. Esto aplica en el Estado de México.

Texto oficial

Artículo 165. Por uso del relleno sanitario, se deberán cubrir por concepto de derechos 0.776 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente por m3 o fracción. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 204 SECCION DECIMA CUARTA DE LOS DERECHOS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR LAS AUTORIDADES DE CATASTRO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 203) ↗

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