Artículo 210 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El consejo de aportadores (el grupo de vecinos que ponen dinero para una obra o beneficio social) tiene estas tareas: 1. Representar a los beneficiarios (las personas que recibirán el beneficio) y tomar decisiones por ellos sobre la obra o acción social. 2. Hacer pública la información de los beneficios de la obra. 3. Convencer a la gente de que pague sus aportaciones (dinero que deben dar). 4. Participar en el proceso de elegir a quién se contrata para hacer la obra, si se decide que otra empresa la realice. 5. Verificar que la obra se haga exactamente como está en el proyecto que se aprobó. 6. Informar a los beneficiarios cómo va el avance de la obra y cuánto dinero ha recuperado la autoridad (gobierno).
Texto oficial
Artículo 210.- El consejo de aportadores tendrá las siguientes facultades y obligaciones: I. Representar a los beneficiarios y con ese carácter tomar las decisiones respecto de la obra pública o acción de beneficio social. II. Difundir los beneficios de la obra o acción. III. Promover el pago de las aportaciones. IV. Participar en la licitación, concurso y adjudicación cuando la obra o acción se encomiende a un tercero mediante contrato. V. Supervisar que la obra o acción se realice de acuerdo con las especificaciones del proyecto aprobado. VI. Informar a los beneficiarios de los avances de la obra o acción y de los importes recuperados por la autoridad. VII. Contratar con cargo al presupuesto, los peritos para la supervisión de la obra, en caso de considerarlo necesario, previo acuerdo con la autoridad coordinadora. VIII. Cuidar que los pagos que realicen los aportadores se efectúen en la oficina recaudadora y se expida el recibo oficial correspondiente. IX. Vigilar que se cumplan los procedimientos establecidos en este Título. X. Apoyar a la autoridad fiscal correspondiente en la notificación a los beneficiarios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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