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Artículo 214 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando ya se apruebe el proyecto, les van a avisar a los beneficiarios las decisiones que se tomaron según el artículo 206. Esas decisiones se publicarán una sola vez en el Periódico Oficial, a más tardar veinte días después de que el proyecto se apruebe de manera definitiva. Así que estate pendiente de esa publicación para enterarte de lo que te toca.

Texto oficial

Artículo 214.- Aprobado el proyecto, se darán a conocer a los beneficiarios las determinaciones a que se refiere el artículo 206 de este Código, mismas que se publicarán por una sola vez en el Periódico Oficial, en un plazo que no deberá exceder de veinte días siguientes a la aprobación definitiva del proyecto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 227) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.