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Artículo 215 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando ya se haya publicado la información oficial, el gobierno (con ayuda de un grupo de personas que aportaron dinero) te va a entregar personalmente un aviso donde te dirá tres cosas: primero, cuánto dinero te toca a ti de la aportación; segundo, cuánto te van a descontar si pagas antes de tiempo; y tercero, hasta cuándo y cómo debes hacer el pago. Ese aviso debe tener los mismos datos que salieron en el periódico oficial del Estado de México y tiene que seguir las reglas del Código de Procedimientos Administrativos de esa entidad.

Texto oficial

Artículo 215.- Hecha la publicación, la autoridad fiscal con apoyo del consejo de aportadores, notificará personalmente a los beneficiarios lo siguiente: I. El monto de la aportación individual. II. El descuento que por pago anticipado determine la autoridad fiscal. III. El plazo y forma en que se deberá efectuar el pago. El documento de notificación deberá contener la misma información de la publicación realizada en el Periódico Oficial correspondiente y cumplirá con las formalidades que establece el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 227) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.