Artículo 215 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando ya se haya publicado la información oficial, el gobierno (con ayuda de un grupo de personas que aportaron dinero) te va a entregar personalmente un aviso donde te dirá tres cosas: primero, cuánto dinero te toca a ti de la aportación; segundo, cuánto te van a descontar si pagas antes de tiempo; y tercero, hasta cuándo y cómo debes hacer el pago. Ese aviso debe tener los mismos datos que salieron en el periódico oficial del Estado de México y tiene que seguir las reglas del Código de Procedimientos Administrativos de esa entidad.
Texto oficial
Artículo 215.- Hecha la publicación, la autoridad fiscal con apoyo del consejo de aportadores, notificará personalmente a los beneficiarios lo siguiente: I. El monto de la aportación individual. II. El descuento que por pago anticipado determine la autoridad fiscal. III. El plazo y forma en que se deberá efectuar el pago. El documento de notificación deberá contener la misma información de la publicación realizada en el Periódico Oficial correspondiente y cumplirá con las formalidades que establece el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.