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Artículo 229 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que menciona el artículo anterior para ciertos fondos específicos (como los que vienen de participaciones federales o recursos de coordinación) se va a usar siguiendo las reglas del Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, que es un conjunto de instrucciones que dice cómo repartir y gastar esos recursos entre los estados y municipios. Básicamente, no se puede usar el dinero a su gusto, sino que hay que apegarte a lo que marca ese capítulo de la ley.

Texto oficial

Artículo 229.- Los fondos a los que se refieren las fracciones I, II, VI y VIII del artículo anterior, se aplicarán conforme a lo dispuesto por el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 246) ↗

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