Artículo 249 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En ese acuerdo de solo algunas personas pueden votar: solo la o el presidente del Consejo Directivo y los presidentes municipales tienen derecho al voto. Los demás miembros, incluida la persona de la Consejería Jurídica, solo pueden dar su opinión, pero no decidir. Además, cada miembro debe tener un suplente que lo reemplace cuando falte. En el caso de los presidentes municipales, sus suplentes serán los tesoreros de su municipio. También se pueden nombrar representantes por región o tema, y estos tienen que informar de inmediato a quienes representan sobre lo que se acuerde. Las regiones del Estado de México para esto son: Sur, Norte, Valle de Toluca Centro, Valle de Toluca Sur, Noreste, Oriente y Valle de México.
Texto oficial
Artículo 249.- La persona titular de la presidencia del Consejo Directivo y las y los presidentes municipales del Estado integrantes del Consejo Directivo tendrán voz y voto, mientras que el resto de los integrantes y la persona invitada permanente representante de la Consejería Jurídica, solo tendrán voz. Por cada una de las personas integrantes del Consejo Directivo, se nombrará una persona suplente. Las personas suplentes de las o los presidentes municipales, serán las personas servidoras públicas titulares de sus Tesorerías. De igual forma los integrantes del Consejo Directivo podrán establecer la forma y medios de representación de carácter regional y temático. Los representantes de los regionalizados tienen la obligación de informar inmediatamente a sus representados las decisiones y acuerdos tomados. Para este fin, las regiones hacendarias que conforman el Estado de México, son: Sur, Norte, Valle de Toluca Centro, Valle de Toluca Sur, Noreste, Oriente y Valle de México, mismas que se integrarán de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno del Instituto Hacendario del Estado de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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