Artículo 277 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría te va a dar documentos oficiales (certificaciones) si puedes demostrar que tienes un derecho directo (interés jurídico) o alguna razón válida (interés legítimo) para pedirlos. Estos documentos serán sobre préstamos y deudas que estén anotadas en el Registro de Deuda Pública. Básicamente, si tienes un motivo real para consultar esa información, puedes solicitarla y te la entregarán. No cualquiera puede pedirla, solo quienes justifiquen por qué les importa.
Texto oficial
Artículo 277.- La Secretaría expedirá a quienes acrediten su interés jurídico o legítimo, las certificaciones que soliciten respecto de los financiamientos y las obligaciones inscritas en el Registro de Deuda Pública.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.