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Artículo 286 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 286 habla sobre cómo el gobierno del Estado de México decide en qué gastar el dinero público. Primero, hacen un plan para enfocarse en lo más importante, como mejorar escuelas o carreteras, basándose en el Plan de Desarrollo del Estado. Después, organizan los proyectos y definen metas claras para cada uno. Finalmente, calculan cuánto dinero, personal y materiales se necesitan para cumplir esos proyectos. Además, desde el principio deben considerar que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades, sin discriminación, para que el gasto público beneficie a todos por igual.

Texto oficial

Artículo 286.- El proceso de planeación, programación y presupuestación, tiene como propósito orientar el gasto público a la atención de lo prioritario, tomando en cuenta los objetivos, metas y estrategias contenidos en el Plan de Desarrollo del Estado de México y los programas que de éste se derivan, garantizando con ello el uso eficiente de los recursos públicos en cada uno de los programas presupuestarios. Este proceso comprende las siguientes fases: I. La Planeación, consiste en la definición de las acciones estratégicas y operativas, que tendrán atención prioritaria, tomando en cuenta la planeación estatal para el desarrollo y los programas que de éste se deriven. Lo anterior con la finalidad de determinar los programas presupuestarios, proyectos y actividades que sean necesarias para su cumplimiento; Adicionalmente, la fase de planeación deberá incorporar de manera transversal los criterios de igualdad sustantiva y perspectiva de género, para todas las personas en sus diferentes etapas de vida, en términos de lo dispuesto por la normativa aplicable en Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 278 materia de derechos humanos y equidad presupuestaria; a efecto de asegurar que la formulación de programas y proyectos presupuestarios, se alineen con los principios de progresividad, no discriminación y eficiencia en el uso de los recursos públicos, promoviendo que las asignaciones de recursos atiendan las desigualdades estructurales y garanticen el acceso equitativo al gasto público. II. La Programación, es la fase donde se definen, ordenan y jerarquizan los programas presupuestarios y, proyectos de inversión y demás actividades, partiendo de una selección de objetivos, metas e indicadores de desempeño, así como los tiempos y las unidades responsables de su ejecución, y III. La Presupuestación, es la fase de costeo y distribución de los recursos financieros, humanos y materiales, para su aplicación al cumplimiento de los planes, programas presupuestarios y proyectos seleccionados en la fase anterior.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 277) ↗

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