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Artículo 303 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando las oficinas del gobierno (como secretarías o dependencias) van a hacer su propuesta de gasto del año, primero deben pensar en los proyectos grandes que ya empezaron, como obras públicas que duran varios años y que ya fueron aprobadas por el Congreso en años pasados. También deben apartar dinero para emergencias graves, como epidemias o desastres naturales (terremotos, huracanes, etc.). Esto es para que no se queden sin presupuesto para terminar lo que ya empezaron o para atender situaciones urgentes.

Texto oficial

Artículo 303.- Las Dependencias y Entidades Públicas al formular su anteproyecto de presupuesto de egresos, deberán considerar prioritariamente las erogaciones que se realizarán con base en los programas de mediano y largo plazo, que impliquen compromisos por contratos de obra pública, así como las que deriven de programas y proyectos multianuales, cuyos presupuestos hubiesen sido aprobados por la Legislatura en ejercicios fiscales anteriores. Así como, considerar los recursos necesarios para atender situaciones extraordinarias en materia de salubridad general o cuando se expida declaratoria de emergencia por desastres naturales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 286) ↗

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