Artículo 308 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 308 dice que cuando habla de subsidios, cooperaciones y donativos, se refiere a la lana que el gobierno aparta en su presupuesto para darle apoyos económicos a organizaciones sociales o empresas privadas. Ese dinero se usa solo para llevar a cabo programas que el gobierno considera prioritarios. Básicamente, son recursos públicos destinados a proyectos específicos que benefician a la comunidad o a ciertos sectores.
Texto oficial
Artículo 308.- Para efectos de este Capítulo, se entenderá por subsidios, cooperaciones y donativos a las previsiones presupuestales que se proporcionarán como apoyos económicos a los sectores social y privado para la ejecución de programas prioritarios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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