Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 322 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando el gobierno ahorra dinero porque cierra una oficina o vende una empresa pública, ese dinero debe usarse primero para pagar los gastos de cerrar esa oficina o empresa. Si sobra algo, se debe usar para pagar deudas del gobierno del Estado de México. En el caso de los municipios, los presidentes municipales deciden cómo usar ese dinero sobrante, pero se recomienda que lo usen para pagar deudas o para programas importantes de ayuda a la comunidad.

Texto oficial

Artículo 322.- Los recursos asignados pero no ejercidos que resulten de la reestructuración de dependencias y de la desincorporación de entidades públicas, deberán destinarse Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 298 preferentemente a cubrir los gastos del proceso de liquidación y el remanente a la amortización de la deuda pública estatal. En el caso de los municipios, la aplicación del remanente lo determinará el ayuntamiento respectivo, procurando preferentemente destinarlo a la amortización de la deuda pública y/o ejecución de programas prioritarios de desarrollo social.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 297) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.