Artículo 323 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia encargada de las finanzas) y otra oficina del gobierno pueden hacer acuerdos con organismos públicos para ayudarles a arreglar sus finanzas y fijar metas de trabajo. La Secretaría va a definir las reglas y pasos que se deben seguir para firmar esos acuerdos, y también va a revisar periódicamente que se estén cumpliendo. Si la Secretaría ve que no se están respetando los compromisos, puede cancelar el acuerdo. Además, puede tomar las medidas necesarias para corregir los problemas que encuentre en las revisiones.
Texto oficial
Artículo 323.- La Secretaría, conjuntamente con la dependencia coordinadora de sector, podrá celebrar con las entidades públicas convenios para el establecimiento de acciones de saneamiento financiero, así como para establecer bases de desempeño. La Secretaría emitirá los requisitos y lineamientos que se deberán cumplir para suscribir dichos convenios; asimismo, realizará las acciones tendientes a evaluar periódicamente el cumplimiento de los mismos. La Secretaría podrá cancelar los convenios, al identificar incumplimiento de los compromisos adquiridos; lo anterior, sin perjuicio de las medidas necesarias para corregir las desviaciones detectadas en las evaluaciones que realice.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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