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Artículo 332 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que el gobierno cobre un dinero que te pide, necesita tener papeles que lo justifiquen, como facturas, resoluciones de alguna autoridad, contratos o permisos. También sirven los acuerdos a los que hayas llegado con ellos o cualquier otro documento que marquen las leyes. En pocas palabras, todo cobro debe estar respaldado por un documento oficial que explique por qué te lo piden.

Texto oficial

Artículo 332.- La recaudación de los fondos se sustentará con los documentos relativos a la determinación del crédito, resoluciones administrativas o jurisdiccionales, autorizaciones, convenios, contratos, permisos, concesiones y los demás que establezca este Código y otras disposiciones legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 304) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.