Artículo 336 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando las oficinas del gobierno del Estado de México van a pagar algo, tienen que llenar un formato especial llamado "orden de pago". Ahí deben indicar que, si es posible, van a transferir el dinero por el sistema de pagos electrónicos (como una transferencia bancaria), o si no hay banco cerca, pueden pagar con cheque. Para eso, cada dependencia debe tener una cuenta de banco registrada en la Tesorería, a menos que necesiten una cuenta especial por alguna regla. Además, los cheques que se hayan emitido y no se hayan cobrado antes del 31 de diciembre de cada año deben contabilizarse para apartar el dinero en el presupuesto del año siguiente.
Texto oficial
Artículo 336.- Para la disposición de los recursos financieros, las Dependencias, Entidades Públicas y unidades administrativas deberán requisitar la orden de pago respectiva, especificando que la modalidad de liquidación será preferentemente mediante transferencia electrónica vía Sistema de Pagos Electrónicos Interbancaria, o cheque cuando no haya disponibilidad de servicios bancarios. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 305 Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, las Dependencias, Entidades Públicas y unidades administrativas, contarán con una cuenta bancaria registrada en la Dirección General de Tesorería, salvo en aquellos casos que se requiera de cuentas bancarias específicas, de conformidad con los requisitos establecidos por la normativa aplicable y, en su caso, la reglamentación que al efecto emita la Secretaría. Los cheques expedidos vigentes y que no hayan sido cobrados al treinta y uno de diciembre de cada año, deberán ser cuantificados, a fin de hacer la previsión correspondiente para el siguiente ejercicio fiscal. De ser aplicable en los municipios, se observará lo dispuesto en el presente artículo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.