Artículo 349 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno y organismos como el INE deben entregar cada cierto tiempo su información financiera (cuánto tienen y cómo gastan el dinero) a la Secretaría de Finanzas. También tienen que reportar todos los contratos, acuerdos y fideicomisos que afecten el presupuesto del Estado de México. Si no mandan la información a tiempo o no la hacen como se pidió, el gobierno puede detenerles los pagos hasta que cumplan. Esto aplica para todas las dependencias del Poder Ejecutivo del Estado de México.
Texto oficial
Artículo 349.- Las Dependencias, Entidades Públicas y Organismos Autónomos, de acuerdo con su naturaleza jurídica y según corresponda, proporcionarán con la periodicidad que determinen la Secretaría y las tesorerías, la información contable que comprenderá la patrimonial y presupuestal, para la integración de los estados financieros. Dicha información comprenderá los convenios, contratos, acuerdos y demás instrumentos jurídicos que impliquen un impacto presupuestario, en los que intervenga el Poder Ejecutivo del Estado de México, así como la relativa a los fideicomisos públicos constituidos o que se celebren, la cual deberá ser remitida a la Secretaría, para su registro y resguardo correspondiente. En caso de que no se proporcione la información o la que reciban no cumpla con la forma y plazos establecidos por éstas, podrán suspender la ministración de recursos, hasta en tanto se regularicen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.