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Artículo 374 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cometes un delito fiscal, para salir de prisión mientras se resuelve tu caso, no basta con pagar una fianza (caución). También tienes que asegurar que vas a pagar los impuestos que debes, como lo marca el Código Fiscal. Eso significa que debes dar una garantía, como un depósito o un aval, para cubrir ese dinero que le debes al fisco.

Texto oficial

Artículo 374.- Para que proceda la libertad provisional cuando se incurra en delitos fiscales, además de la caución, deberá quedar garantizado el interés fiscal en términos del Código.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 323) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.