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Artículo 414 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En un remate o subasta, la "postura legal" es la cantidad mínima de dinero que puedes ofrecer para comprar algo. Esa cantidad debe ser al menos dos terceras partes (el 66.66%) del precio base que pusieron como referencia para empezar la subasta. Además, tienes que pagar todo de un solo golpe, en pesos mexicanos, y decir exactamente cuánto estás dispuesto a dar, sin condiciones raras. En pocas palabras: no puedes ofrecer menos de ese porcentaje, ni pagar a plazos ni en dólares.

Texto oficial

Artículo 414.- Es postura legal la que cubra como mínimo las dos terceras partes del valor señalado como base para el remate. Toda postura deberá ofrecerse en moneda nacional, en una sola exhibición con precio cierto y determinado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 340) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.