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Artículo 99 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para registrar en el registro público cualquier resolución de un juez que tenga que ver con asuntos de negocios, tienes que pagar una cuota fija. Si es una providencia precautoria (una medida temporal para proteger un bien antes de un juicio), cuesta 2,985 pesos. Si es una suspensión de pagos o una quiebra (cuando una empresa no puede pagar sus deudas), son 2,991 pesos. Cualquier otra resolución judicial que no entre en esas categorías también cuesta 2,991 pesos.

Texto oficial

Artículo 99.- Por las inscripciones o anotaciones de resoluciones judiciales que contengan actos mercantiles, se pagarán derechos: TARIFA CONCEPTO I. Providencias precautorias. $2,985 II. Suspensión de pagos. $2,991 III. Quiebras. $2,991 IV. Otras resoluciones. $2,991

Ver ley oficial en el DOF (pág. 148) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.