Artículo 29 de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las organizaciones de la sociedad civil pueden recibir dinero del gobierno para llevar a cabo programas de ayuda social. Pero ese dinero va a estar supervisado por las autoridades para que lo usen correctamente. Además, deben cumplir con las reglas de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y con lo que marca esta misma ley. También aplican otras leyes que controlan cómo se deben usar los fondos públicos.
Texto oficial
Artículo 29.- La sociedad organizada podrá recibir recursos o fondos públicos para operar programas para el desarrollo social, quedando sujetos a la supervisión, control y vigilancia de las autoridades Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 31 de diciembre de 2004. Última reforma POGG 17 de diciembre de 2025. LEY DE BIENESTAR Y DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO 11 competentes, a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios y a las disposiciones establecidas en la presente Ley, sin perjuicio de lo que establezcan las leyes respectivas para el uso de fondos públicos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.