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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley101/39
Ley
Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México
Artículo
39

Artículo 39 de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la encargada de manejar y mantener al día el padrón, que es la lista oficial de personas registradas. Si el Consejo lo pide, la Secretaría puede entregarle esa lista para que la revise. En pocas palabras, quien cuida el padrón es la Secretaría, pero puede compartirlo con el Consejo si éste lo necesita.

Texto oficial

Artículo 39.- El padrón será administrado y actualizado por la Secretaria y podrá ser remitido al Consejo a solicitud de éste.

Ver texto oficial de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.