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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley101/51
Ley
Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México
Artículo
51

Artículo 51 de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo está formado por varias personas, y algunas de ellas (las de las fracciones V, VI y VII) son escogidas por el Ejecutivo, que es quien propone sus nombres para que ocupen ese puesto.

Texto oficial

Artículo 51.- Los integrantes del Consejo que señalan las fracciones V, VI y VII del Artículo 50 se nombraran a propuesta del Ejecutivo.

Ver texto oficial de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México (pág. 17) ↗

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