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Artículo 54 de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 54 dice que el CIEPS (un organismo encargado de estos temas) es el que va a revisar cómo funcionan los programas y proyectos de desarrollo social que hacen las dependencias del gobierno del estado y los municipios. Esto lo hacen para medir, con indicadores de desarrollo social y humano, si esas acciones realmente están mejorando la calidad de vida de la gente. En otras palabras, revisan qué tanto están ayudando los programas a que la población viva mejor.

Texto oficial

Artículo 54.- La evaluación de la política de desarrollo social estará a cargo del CIEPS la cual se realizará sobre las políticas, planes, programas, proyectos y acciones de desarrollo social implementados por las dependencias y organismos del Gobierno del Estado, y los municipios, con la finalidad de identificar mediante los indicadores de desarrollo social y humano, la manera en que contribuyen a la mejoría de la calidad de vida de la población.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.