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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley101/61
Ley
Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México
Artículo
61

Artículo 61 de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Contraloría Social es un grupo de personas que revisa cómo se usa el dinero público, pero solo cuando se lo piden directamente. Su trabajo es asegurarse de que ese dinero se reparta y gaste de forma clara, sin trampas y con honestidad. Es como un vigilante ciudadano que cuida que los recursos se usen bien.

Texto oficial

Artículo 61.- La Contraloría Social es la encargada de evaluar y vigilar a petición expresa, las acciones relativas a la distribución y aplicación de los recursos públicos a efecto de que se realicen con transparencia, eficacia y honradez.

Ver texto oficial de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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