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Artículo 62 de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cualquier persona o grupo de la sociedad civil puede ir a la contraloría social a quejarse si alguien hace o deja de hacer algo que dañe tus derechos según esta ley. La contraloría social es como la oficina que vigila que se cumplan las reglas. Puedes denunciar incluso si el daño aún no pasa, pero podría pasar. No necesitas ser abogado ni tener un formato especial para hacer tu reporte.

Texto oficial

Artículo 62.- Toda personas u organización de la sociedad civil podrá presentar ante la contraloría social la denuncia por hechos acto u omisión, que produzca o pueda producir daños en el ejercicio de los derechos establecidos en esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.