Artículo 62 de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cualquier persona o grupo de la sociedad civil puede ir a la contraloría social a quejarse si alguien hace o deja de hacer algo que dañe tus derechos según esta ley. La contraloría social es como la oficina que vigila que se cumplan las reglas. Puedes denunciar incluso si el daño aún no pasa, pero podría pasar. No necesitas ser abogado ni tener un formato especial para hacer tu reporte.
Texto oficial
Artículo 62.- Toda personas u organización de la sociedad civil podrá presentar ante la contraloría social la denuncia por hechos acto u omisión, que produzca o pueda producir daños en el ejercicio de los derechos establecidos en esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.