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Artículo 20 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amatepec

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva tiene que reunirse al menos cada tres meses de manera normal, y también puede juntarse de forma especial cada vez que sea necesario. Así, aunque no tengan una cita fija, pueden organizar reuniones urgentes si algo importante lo requiere.

Texto oficial

Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.