Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 27 de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 27 dice que la Universidad va a tener sus propias reglas para cómo elegir y mantener a sus autoridades, como rectores o directores. Esas reglas estarán escritas en el Estatuto Universitario y en otros documentos oficiales. Ahí se explicarán los pasos a seguir, las herramientas que se usarán y cómo se decidirá quién ocupa los puestos de gobierno. También se definirá cuánto tiempo pueden estar esos responsables en su cargo. Básicamente, es un sistema para que los cambios de autoridades sean claros y organizados, sin improvisaciones.

Texto oficial

ARTICULO 27.- El Estatuto Universitario y reglamentación derivada, establecerán un sistema de procesos de renovación en el gobierno que contenga los principios, procedimientos, instrumentos y mecanismos para la designación y permanencia de sus titulares o integrantes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.