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Ley
Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México
Artículo
34

Artículo 34 de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Administración Universitaria es el equipo de apoyo que ayuda a que la Universidad cumpla con su propósito y metas. Se divide en una parte central y en las administraciones de cada escuela, centro universitario y preparatoria. Las reglas específicas sobre cómo funciona, quiénes la integran y qué tareas hace están detalladas en el Estatuto Universitario y otros reglamentos. Todo esto sirve para que la Universidad pueda operar bien tanto en lo académico como en lo administrativo.

Texto oficial

ARTICULO 34.- La Administración Universitaria es la instancia de apoyo con que cuenta la Institución para el cumplimiento de su objeto y fines. Se integra por una Administración Central y Administraciones de Organismos Académicos, de Centros Universitarios y de planteles de la Escuela Preparatoria. El Estatuto Universitario y la reglamentación aplicable determinarán y regularán las facultades, integración, funciones, organización y demás aspectos que resulten necesarios para el desarrollo y la actividad de la Administración Universitaria y sus dependencias académicas y administrativas.

Ver texto oficial de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México (pág. 11) ↗

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