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Ley
Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Felipe del Progreso
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Felipe del Progreso

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Felipe del Progreso tiene la facultad de abrir escuelas gratuitas de deportes en pueblos, colonias y comunidades del municipio. También puede crear un sistema de becas (de dinero, comida o para estudios) para los atletas más destacados de la zona, y organizar torneos estudiantiles desde preescolar hasta preparatoria. Además, puede formar clubes deportivos permanentes, conseguir apoyo de empresas y del gobierno, y publicar los planes y resultados de los programas deportivos. Por último, puede dar asesoría técnica a entrenadores, llevar un registro de todos los deportistas y equipos, y apoyar en la logística de eventos deportivos.

Texto oficial

Artículo 5.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Felipe del Progreso, tendrá las siguientes facultades: I. Crear escuelas populares de iniciación deportiva en pueblos, comunidades, barrios y colonias del municipio de San Felipe del Progreso; II. Crear el sistema municipal de becas académicas, económicas y alimenticias para deportistas distinguidos del municipio; III. Crear torneos estudiantiles permanentes en los niveles: preescolar, primaria, secundaria y media superior; IV. Organizar clubes deportivos populares permanentes; V. Involucrar a los sectores públicos, social y privado en el deporte municipal; VI. Presentar públicamente los programas deportivos municipales, sus objetivos, metas, estrategias y resultados; VII. Otorgar dirección técnica de calidad a representaciones municipales; VIII. Otorgar asesorías al deporte formativo y de recreación; IX. Promover el uso de instalaciones deportivas públicas y privadas; X. Promover y desarrollar instalaciones públicas y privadas; XI. Desarrollar corrientes sociales y deportivas del mérito; XII. Crear el registro municipal de instalaciones deportivas; XIII. Crear el registro municipal de deportistas, deportes, clubes, ligas y torneos deportivos; XIV. Crear el registro municipal de jueces, árbitros, entrenadores, profesores de educación física, médicos del deporte, psicólogos del deporte y escuelas del deporte; XV. Brindar apoyo logístico a los eventos deportivos que se desarrollan en el municipio; y XVI. Las demás que las leyes de la materia le señalen. CAPÍTULO TERCERO DE SUS PROGRAMAS BÁSICOS

Ver texto oficial de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Felipe del Progreso (pág. 2) ↗

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