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Artículo 26 de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Movilidad tiene que hacer tres cosas para ayudar a los adultos mayores: Primero, puede hacer acuerdos con las empresas de transporte para que les den tarifas más baratas. Segundo, debe promover que los camiones y otros vehículos tengan asientos especiales bien marcados para ellos, y también que sea más fácil que suban y bajen en las paradas. Tercero, tiene que crear programas para enseñar a la gente a respetar y valorar a los adultos mayores cuando usan el transporte.

Texto oficial

Artículo 26.- Corresponde a la Secretaría de Movilidad: I. Celebrar convenios con las empresas de transporte, para que otorguen tarifas preferenciales a las Personas Adultas Mayores; II. Fomentar entre las empresas de transporte público y privado, el equipamiento adecuado de sus unidades, para otorgar servicios seguros y cómodos para las Personas Adultas Mayores mediante la existencia de asientos preferenciales debidamente señalados, así como condiciones adecuadas para su ascenso y descenso en las paradas y terminales; III. Establecer programas para la difusión de una cultura de aprecio y respeto hacia las Personas Adultas Mayores en la prestación de este servicio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.