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Artículo 45 de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si los familiares, quienes cuidan legalmente a un adulto mayor o las personas responsables de su cuidado le hacen daño, lo maltratan o le faltan al respeto, así sea de palabra o con acciones, les va a caer todo el peso de la ley. O sea, que pueden recibir un castigo conforme a lo que digan las leyes actuales.

Texto oficial

Artículo 45.- Cuando los familiares, representantes legales o encargados del cuidado de las Personas Adultas Mayores, ejerzan algún tipo de violencia o maltrato, en cualquiera de sus modalidades y/o violenten sus derechos, serán sancionados de conformidad con la legislación vigente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.