Artículo 45 de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si los familiares, quienes cuidan legalmente a un adulto mayor o las personas responsables de su cuidado le hacen daño, lo maltratan o le faltan al respeto, así sea de palabra o con acciones, les va a caer todo el peso de la ley. O sea, que pueden recibir un castigo conforme a lo que digan las leyes actuales.
Texto oficial
Artículo 45.- Cuando los familiares, representantes legales o encargados del cuidado de las Personas Adultas Mayores, ejerzan algún tipo de violencia o maltrato, en cualquiera de sus modalidades y/o violenten sus derechos, serán sancionados de conformidad con la legislación vigente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.