- Ley
- Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México
- Artículo
- 44
Artículo 44 de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres una persona mayor y no vives con tu familia, tienes derecho a mantener contacto con ellos, además de con tus amistades y seres queridos. Puedes decidir con quién y cómo mantener ese contacto, siempre tomando en cuenta lo que tú quieras y lo que sea mejor para ti. Nadie puede impedirte ver a tu familia o a las personas que son importantes para ti.
Texto oficial
Artículo 44.- Las Personas Adultas Mayores que no vivan con su familia, tienen derecho a tener contacto con su círculo familiar y afectivo, tomando en cuenta su interés personal en esta decisión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.