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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley138/44
Ley
Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México
Artículo
44

Artículo 44 de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres una persona mayor y no vives con tu familia, tienes derecho a mantener contacto con ellos, además de con tus amistades y seres queridos. Puedes decidir con quién y cómo mantener ese contacto, siempre tomando en cuenta lo que tú quieras y lo que sea mejor para ti. Nadie puede impedirte ver a tu familia o a las personas que son importantes para ti.

Texto oficial

Artículo 44.- Las Personas Adultas Mayores que no vivan con su familia, tienen derecho a tener contacto con su círculo familiar y afectivo, tomando en cuenta su interés personal en esta decisión.

Ver texto oficial de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.