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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley138/47
Ley
Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México
Artículo
47

Artículo 47 de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que todas y todos podemos apoyar, junto con el gobierno, para que las personas mayores estén bien cuidadas, atendidas y se respeten sus derechos. Esto significa que no solo las instituciones públicas deben encargarse, sino que la sociedad también tiene un papel importante. Puedes participar ayudando, denunciando abusos o colaborando en actividades que mejoren su calidad de vida. En pocas palabras, es una invitación a trabajar en equipo con las autoridades para proteger a los adultos mayores.

Texto oficial

Artículo 47.- Corresponde a la sociedad, participar de manera coordinada y concertada con las instituciones públicas en la integración, asistencia, bienestar, promoción y defensa de los derechos de las Personas Adultas Mayores.

Ver texto oficial de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.