- Ley
- Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México
- Artículo
- 55
Artículo 55 de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Estancias Municipales (centros donde cuidan a personas mayores) tienen que ser espacios seguros. Esto significa que deben proteger a los abuelitos de cualquier peligro, como caídas, accidentes o maltratos. El lugar debe estar bien cuidado, limpio y adaptado a sus necesidades. Así, las personas adultas mayores pueden estar tranquilas mientras reciben atención o conviven.
Texto oficial
Artículo 55.- Las Estancias Municipales deberán ser lugares seguros para las Personas Adultas Mayores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.