Artículo 9 de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno del estado y los municipios tienen que organizarse de tal forma que puedan proteger a las personas adultas mayores de cualquier tipo de violencia mientras hacen su trabajo. Esto significa que deben crear las estructuras necesarias para que los adultos mayores vivan sin sufrir maltrato, abuso o discriminación. Es una obligación de estas autoridades, no solo una opción. En pocas palabras, el artículo les exige que pongan todo de su parte para garantizar que los adultos mayores estén seguros.
Texto oficial
Artículo 9.- Los órdenes de gobierno Estatal y Municipales, tienen la obligación de organizar la estructura gubernamental de manera tal que sean capaces de asegurar, en el ejercicio de sus funciones, el derecho de las Personas Adultas Mayores a una vida libre de violencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.