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Artículo 25 de la Ley de Vivienda del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cómo el gobierno se pone de acuerdo con otras autoridades (como el gobierno estatal o municipal) para usar dinero público. Dice que cuando hacen un convenio, deben dejar claras las reglas para usar ese dinero, para qué se va a gastar y cómo van a revisar que no se desvíe. También deben acordar cómo van a controlar y evaluar los resultados de lo que se haga con esos recursos. Además, todas las dependencias del gobierno tienen la obligación de dar todas las facilidades para que alguien pueda verificar que el dinero se está usando correctamente.

Texto oficial

Artículo 25.- Los convenios de coordinación establecerán los términos y condiciones necesarios que permitan asegurar la correcta aplicación, utilización y destino de los recursos que comprometa cada instancia gubernamental, así como los criterios para su control, seguimiento y evaluación. Las instancias gubernamentales prestarán todas las facilidades para que se verifique la correcta aplicación de dichos recursos. CAPÍTULO II DE LA CONCERTACIÓN CON EL SECTOR SOCIAL Y PRIVADO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.