Artículo 26 de la Ley de Vivienda del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando el gobierno del Estado de México se ponga de acuerdo con empresas o con la sociedad civil para hacer vivienda, lo hará con varias metas claras. Primero, que la gente de pocos recursos pueda tener una casa más fácil. También, crear fondos y apoyos económicos para que salga más barato construir o comprar una vivienda. Además, busca que las casas sean de mejor calidad, más baratas de construir y mantener, y que cuiden el ambiente usando tecnologías adecuadas. Otra meta es que los materiales de construcción sean de buena calidad y accesibles para todos, y que la gente conozca sus derechos al comprar una casa. Por último, quiere impulsar la investigación y formar expertos en el tema de la vivienda.
Texto oficial
Artículo 26.- La concertación de acciones con los sectores social o privado tendrá por objeto: I. Fomentar el acceso de la población de bajos recursos a la vivienda. II. Crear fondos y otros instrumentos económicos para la vivienda. III. Diseñar y ejecutar proyectos de vivienda, así como desarrollar y aplicar alternativas que reduzcan sus costos de construcción y mantenimiento, faciliten la autoproducción, eleven su calidad y propicien la preservación y el cuidado del ambiente, a través de la aplicación de tecnologías apropiadas. IV. Fomentar la producción y distribución de materiales para la vivienda de calidad y accesibles a la población. V. Generar información sobre la oferta y demanda del inventario de vivienda, así como de los derechos que los usuarios de operaciones inmobiliarias tienen, en términos del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México. VI. Impulsar la investigación y formación de especialistas en materia de vivienda. VII. Las demás acciones que acuerden las partes para el cumplimiento de esta Ley. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de enero de 2009. Última reforma POGG 29 de abril de 2025. LEY DE VIVIENDA DEL ESTADO DE MÉXICO 13
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.