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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley140/37
Ley
Ley de Vivienda del Estado de México
Artículo
37

Artículo 37 de la Ley de Vivienda del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del Estado de México tiene que incluir en su presupuesto anual una cantidad específica de dinero para dar apoyos a la vivienda social, es decir, casas o departamentos accesibles para quienes más lo necesitan. Esa lana se aparta desde el presupuesto oficial para que la gente de escasos recursos pueda recibir ayuda para tener un lugar donde vivir. Básicamente, el artículo dice que el gobernador y su equipo deben asegurarse de que haya presupuesto para estos subsidios. No se trata de una promesa, sino de una obligación que tienen que cumplir cada año.

Texto oficial

Artículo 37.- El Ejecutivo del Estado preverá en el Presupuesto de Egresos del gobierno del Estado de México, el monto de recursos destinados a otorgar subsidios para vivienda social.

Ver texto oficial de la Ley de Vivienda del Estado de México (pág. 15) ↗

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