- Ley
- Ley de Vivienda del Estado de México
- Artículo
- 41
Artículo 41 de la Ley de Vivienda del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Fondo tiene que ser manejado con total transparencia, sin esconder nada, y siempre apegado a la ley. También debe tratar a todos por igual, decir la verdad, ser justo, honesto y eficiente. Todo esto se hace siguiendo las reglas que el Consejo del Instituto autorice para su funcionamiento.
Texto oficial
Artículo 41.- La administración del Fondo se regirá bajo principios de transparencia, legalidad, equidad, veracidad, imparcialidad, honradez, objetividad y eficacia, con base en las Reglas de Operación que al efecto apruebe el Órgano de Gobierno del Instituto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.