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Artículo 42 de la Ley de Vivienda del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto puede hacer acuerdos con agencias de vivienda del gobierno, alcaldías o empresas privadas para juntar dinero y financiar proyectos de casas para personas de bajos recursos. Esto significa que no trabaja solo, sino que se une con otros para apoyar programas de vivienda social.

Texto oficial

Artículo 42.- El Instituto podrá convenir su participación en esquemas y fondos coordinados con organismos nacionales de vivienda, municipios y sectores social o privado, que tengan como finalidad el financiamiento a programas de vivienda social. TÍTULO QUINTO DE LAS RESPONSABILIDADES CAPÍTULO ÚNICO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.